Cómo liquidar a un empleado en Colombia (paso a paso)
Qué incluye una liquidación
- Salario pendiente: los días trabajados del último período que aún no se han pagado.
- Cesantías: un mes de salario por año, proporcional al tiempo desde el último corte.
- Intereses de cesantías: 12% anual sobre las cesantías (Ley 52/1975).
- Prima de servicios: proporcional a los días desde el último pago de prima.
- Vacaciones: las que no se disfrutaron, compensadas en dinero.
- Indemnización: solo si el empleador despide sin justa causa (varía según el tipo de contrato).
Paso a paso
1. Liquida el último período de nómina
Paga los días efectivamente trabajados del período en curso, con sus deducciones de salud y pensión. Si salió a mitad de mes, es proporcional a los días.
2. Calcula las prestaciones proporcionales
Cesantías = (salario + auxilio de transporte) × días ÷ 360. Los intereses son el 12% anual sobre esas cesantías. La prima usa la misma base (salario + auxilio) × días ÷ 360. Las vacaciones se liquidan sobre el salario, sin auxilio.
Ojo con la base: el auxilio de transporte sí entra en cesantías, intereses y prima cuando el empleado tiene derecho a él, pero no en las vacaciones.
3. Determina si hay indemnización
Solo hay indemnización si el empleador termina el contrato sin justa causa. La renuncia, el mutuo acuerdo o el despido con justa causa no generan indemnización. El monto depende del tipo de contrato —lo vemos en detalle en la guía de liquidación por tipo de contrato.
4. Suma y paga a tiempo
El total es el neto del período final + prestaciones + indemnización. La liquidación se paga al terminar el contrato; pagar tarde puede activar la sanción moratoria del Art. 65 CST.